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sábado, abril 20, 2024

Reconcoce la ONU fallo de la SCJN para buscar a dos miembros del EPR

Reportajes

Ciudad de México, a 14 de agosto de 2022.- El Comité contra las Desapariciones Forzadas (CDF) de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ONU-DH) México, entre otras organizaciones y grupos civiles, reconocieron la resolución de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el caso de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, militantes del Ejército Popular Revolucionario, quienes desaparecieron a manos de militares y policías estatales en mayo de 2007 en Oaxaca.

Coincidieron en que la sentencia del máximo tribunal promueve la investigación, la verdad, la búsqueda y la reparación integral a las víctimas de desapariciones forzadas.

Por primera vez en su historia, la SCJN otorgó un amparo en el que emplaza al gobierno federal a formar una comisión especial de búsqueda para dar con el paradero de dos integrantes del Ejército Popular Revolucionario. La sentencia además ordena abrir instalaciones militares para investigar la ubicación de las víctimas, interrogar a los mandos vinculados a los hechos y publicar los avances de las pesquisas.

A través de redes sociales, el CDF saludó el fallo que fomenta también la colaboración entre instituciones del Estado.

Por su parte la ONU-DH México destacó que en la resolución de la Corte se reconoce la gravedad de los actos de desaparición forzada, “su enorme impacto particularmente en las víctimas y sus familiares, y la necesidad de fortalecer los mecanismos para combatir esta práctica, retomando la normativa internacional y los estándares adoptados” por el CDF y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

También se reitera el reconocimiento del derecho de las personas desaparecidas a ser buscadas con vida y bajo un enfoque diferencial, así como la importancia del derecho a la verdad.

“Se precisan criterios para la actuación de quienes imparten justicia en materia de amparo con base en el establecimiento de un estándar de prueba atenuado en la definición de las desapariciones forzadas”, y se determina que las autoridades de amparo pueden fijar medidas encaminadas a proveer una reparación integral a las víctimas, subrayó la ONU-DH.

En un comunicado difundido este jueves manifestó que espera que la decisión del miércoles pasado de la Corte “sea un parteaguas en el quehacer jurisdiccional para las familias que buscan justicia, verdad y reparación” y llamó al cumplimiento diligente del fallo.

En entrevista aparte, Cinthya Juárez, abogada de Idheas Litigio Estratégico en Derechos Humanos, resaltó que la sentencia de la Corte “es especialmente relevante, ya que permite a las víctimas y familiares de personas desaparecidas un acceso a la justicia mucho más eficaz”.

(Información de “La Jornada”)

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